Bases de la Convocatoria de Ayudas a Proyectos de Investigación AEET en Ecología 2024



 1. DESTINO DE LAS AYUDAS 

La AEET ofrece siete ayudas para ejecutar proyectos de investigación liderados por investigadores e investigadoras en las primeras etapas de la carrera científica relacionados con el ámbito de nuestra asociación y de la Sociedad Ibérica de Ecología (SIBECOL), incluyendo áreas de ecología teórica, terrestre, marina y de aguas continentales. Este apoyo cobra especial relevancia en ámbitos geográficos en los que la financiación de la investigación es limitada y en los que se pretende estimular la calidad de la investigación ecológica.

El objetivo de estas ayudas es apoyar a los/as investigadores/as en sus fases iniciales de la carrera científica mediante la financiación de proyectos individuales (liderados por un/a solo/a investigador/a), originales, con entidad propia, bien focalizados y de calidad científica contrastable. Por tanto, no se pretende financiar actividades previstas en el programa original de formación de doctorado, proyectos de gran envergadura, o actividades de grupos de investigación consolidados.



 2. MODALIDADES  

Se concederán un total de siete ayudas en total entre las diferentes categorías y con las siguientes dotaciones económicas netas:

  1. Modalidad “Tomando la iniciativa”. Se concederán dos ayudas. Destinatarios/as: Investigadores/as pre-doctorales inscritos en un programa de doctorado que no hayan defendido aún la tesis. Importe neto de la beca: hasta 2.000 €.
  2. Modalidad “Ganando independencia”. Se concederán tres ayudas. Destinatarios/as: Investigadores/as postdoctorales que hayan defendido la tesis doctoral hace menos de tres años. Importe neto de la beca: hasta 3.000 €.
  3. Modalidad “Consolidando la investigación”. Se concederán dos ayudas. Destinatarios/as: Investigadores/as postdoctorales que hayan defendido la tesis hace más de tres años y menos de seis años. Importe neto de la beca: hasta 4.000 €.

Los importes de las dotaciones a ingresar en las cuentas de los/as beneficiarios/as son importes netos. Debido a que la AEET no está declarada formalmente como una Asociación de “Utilidad pública”, las ayudas que emite no están exentas de gravamen fiscal y tributan en concepto de Rendimientos del trabajo, con un tipo de retención del IRPF del 15%. El importe neto se ingresará directamente en la cuenta del beneficiario[1], por anticipado a la ejecución del proyecto y en un plazo máximo de tres meses una vez resuelta la convocatoria. La AEET, en calidad de pagador, detraerá y depositará a cuenta en Hacienda el 15% del importe bruto de la ayuda. El beneficiario deberá declarar el montante bruto de la ayuda, como ingreso, en su declaración de la Renta del ejercicio anual que corresponda. La AEET expedirá a los y las beneficiarios/as un certificado que acredite el pago del IRPF correspondiente.

[1] Se requerirá acreditación de la titularidad de la cc. bancaria del beneficiario.



 3. REQUISITOS DE LOS SOLICITANTES 

3.1. Requisitos generales: Todos los solicitantes independientemente de la modalidad a la que concurran deberán:

  • Ser socio/a (en modalidad Regular o Estudiante) de la AEET, y/o SIBECOL (incluidos socios de la AIL, SPECO y SEEEE) y estar al corriente de pago de las cuotas correspondientes en el momento de presentar la solicitud.
  • Solicitar la ayuda a título individual.
  • No haber sido beneficiario/a en alguna de las anteriores ediciones de la convocatoria AEET de ayudas a proyectos de investigación, independientemente de la modalidad en la que se concurse. 


3.2. Requisitos específicos de cada categoría:

  1. “Tomando la iniciativa”: Estar cursando un programa de doctorado oficial en el momento de presentar la solicitud de ayuda.
  2. “Ganando independencia”: Postdoctorales que hayan leído la tesis doctoral hace menos de (o igual a) tres años en el momento de presentar la solicitud.
  3. “Consolidando la investigación”: Postdoctorales que hayan leído la tesis hace más de 3 años y menos de (o igual a) seis años en el momento de presentar la solicitud. 

Respecto a la fecha límite superior desde la lectura de la tesis definida en las categorías postdoctorales, se aplicará una prórroga de un año por descendiente a las madres que concurran a estas categorías. Aquellos/as solicitantes que consideren que tienen algún otro motivo justificado para pedir una prórroga (por ej., bajas prolongadas por cuidados a familiares o enfermedad y permisos de paternidad), podrán consultar si tienen derecho a ella escribiendo a la Secretaría de la AEET (secretaria@aeet.org).



 4. REQUISITOS DE LOS PROYECTOS 

Los proyectos de investigación para los que se solicita la ayuda deberán cumplir con los siguientes requisitos:

  • La recogida de datos no debe haberse realizado antes de la fecha de concesión de la ayuda. Solo se admitirá el uso de datos (muestreos) ya recopilados cuando las preguntas de investigación y el tratamiento de los datos tengan un claro enfoque nuevo e independiente de otros usos y proyectos anteriores.
  • Las hipótesis y los objetivos planteados deben ser originales. En este sentido, los solicitantes tendrán que justificar la independencia intelectual de su propuesta con respecto a su proyecto de tesis doctoral (en caso de concurrir a la modalidad 1) o respecto a su proyecto y/o contrato postdoctoral (en caso de concurrir a las modalidades 2 ó 3).
  • Cualquier propuesta que implique experimentación con animales se ha de plantear y desarrollar en el marco de la normativa sectorial específica competente y debe respetar los principios de bienestar animal definidos por el TFUE (Tratado de Funcionamiento de la UE).
  • Cualquier propuesta que implique el uso de recursos genéticos deberá cumplir con los principios de la Convención Internacional de Diversidad Biológica de acuerdo con lo establecido en el Protocolo de Nagoya sobre acceso a los recursos genéticos y participación justa y equitativa en los beneficios que se deriven de su utilización.
  • Cualquier propuesta que implique el movimiento transfronterizo de muestras biológicas (incluidas muestras de suelo) u organismos deberá cumplir con los principios de la Convención Internacional de Diversidad Biológica de acuerdo con lo establecido en el Protocolo de Cartagena sobre Bioseguridad.
  • Presupuesto:
- La cuantía total solicitada deberá ajustarse a los gastos necesarios para la ejecución de las actividades propuestas en el proyecto. Podrá ser menor de la cantidad máxima neta fijada para cada modalidad, pero en ningún caso podrá exceder la misma: (Mod. 1: 2.000€; Mod. 2: 3.000€ y Mod. 3: 4.000€).
 
- El montante solicitado deberá justificarse/desglosarse por partidas específicas (por. ej., Material fungible; Material Inventariable/No fungible; Gastos de desplazamiento/alojamiento; Gastos de divulgación de resultados; Contratación de servicios externos tales como: Análisis de laboratorio, consultoría, uso de instalaciones científicas, uso de equipamiento tecnológico, etc.). Se deberán desglosar, los ítems concretos imputados a cada una de las partidas.

- Se puede incluir cualquier gasto derivado de la ejecución del proyecto, con las siguientes excepciones y limitaciones:
 
  • No se admiten pagos de “salarios” al/la solicitante o a terceras personas para retribuir la ejecución de tareas.
  • No son elegibles los gastos por publicación en Open Access (OA) y/o servicios de traducción.
  • La partida dedicada a gastos de divulgación de resultados del proyecto (p.ej. gastos derivados de la asistencia a congresos) no podrá exceder del 30% de la cantidad total de la ayuda solicitada.
  • Se contempla la posibilidad de que durante la ejecución del proyecto se utilicen recursos aportados/cedidos por terceros, cuyos costes no sean imputados al presupuesto. En tal caso se deberán indicar en el apartado 5.7 de la memoria los conceptos (p.ej. equipamiento, dispositivos, servicios de laboratorio, instalaciones, etc.) y los proveedores de los mismos (centro/institución, otros).
  • Carecer de financiación específica que cubra los mismos costes que se pretenden financiar con la ayuda. El solicitante deberá aportar una declaración expresa de que no recibe financiación alternativa de otra fuente para sufragar los mismos conceptos que constan en su solicitud.


 5. CRITERIOS DE EVALUACIÓN DE LAS PROPUESTAS 

Las propuestas serán evaluadas por un Comité formado por, al menos, cinco revisores o revisoras externas a la Junta Directiva de la AEET además de un miembro de la Junta Directiva, que ejercerá como coordinador/a del Comité Evaluador.

Con el fin de garantizar la total imparcialidad de las evaluaciones y de evitar cualquier sesgo, las revisiones serán ciegas, es decir, las memorias de los proyectos se anonimizarán (omitiendo nombre y apellidos; centro de filiación, etc.) de modo que los/as revisores/as no tendrán conocimiento de la identidad del o de la solicitante, o del grupo de investigación al que pertenece. El CV del/de la solicitante se requerirá solo a efectos de verificar que cumple con los requisitos de la categoría en la que se presenta y será únicamente revisado en primera instancia por la Secretaría de la AEET y por el/la Coordinador/a del Comité de Evaluación.

Se valorarán positivamente los siguientes aspectos:

  • Viabilidad de la propuesta.
  • Originalidad, grado de innovación y calidad científica de la propuesta.
  • Independencia de la propuesta de otras fuentes de financiación.
La evaluación se realiza en tres fases, los criterios de evaluación están disponibles en la web. Recomendamos a los solicitantes que tengan en cuenta estos criterios a la hora de elaborar la propuesta de su proyecto.

 6. PRESENTACIÓN DE SOLICITUDES 

La solicitud deberá contener información precisa del objetivo de la investigación, el plan de trabajo, y la justificación del presupuesto.

Se deberá aportar la siguiente documentación:
 
  1. Memoria descriptiva del proyecto: La memoria se debe presentar en la plantilla oficial de la convocatoria, en formato Word editable o equivalente (formatos rtf o libre office). No debe exceder las 5 páginas (sin incluir la bibliografía), con un tamaño de fuente de letra estándar, por ejemplo, Times New Roman 11 puntos.
  2. Curriculum vitae del solicitante, en documento/archivo independiente y que no debe exceder las 2 páginas, con un tamaño de fuente de letra estándar, por ejemplo, Times New Roman 11 puntos. 
  3. Los/las solicitantes que concurren a la modalidad 1 (predoctoral) deberán aportar un documento acreditativo de estar cursando un doctorado.
El hecho de concurrir a la presente Convocatoria 2024 del Programa supone la aceptación por el/la solicitante de sus bases y de su resolución, que será inapelable, y la renuncia a cualquier tipo de reclamación. La participación en la presente convocatoria implica que el/la solicitante acepta ceder a la AEET el uso de los datos contenidos en su formulario de solicitud, que serán solo utilizados con fines relativos a la evaluación de las propuestas y a efectos estadísticos, de participación, evaluación y comunicación de resoluciones y, en caso de resultar beneficiado/a, a los efectos derivados de los procesos de seguimiento y comunicación de los resultados, incluidas las posibles publicaciones derivadas de la ejecución del proyecto, todo ello sin perjuicio de lo establecido en la legislación sobre propiedad intelectual y sobre protección de datos de carácter personal.

Se realiza una única convocatoria anual. El plazo de presentación de solicitudes para la convocatoria del 2024 estará abierto desde el 15 de marzo hasta el 31 de mayo de 2024 (23:59 h. UTC+1).

Para formalizar la solicitud se deberá cumplimentar el formulario de solicitud disponible AQUÍ en los plazos arriba indicados. Secretaría de la AEET enviará un acuse de recibo de la solicitud.

 7. COMPROMISOS ADQUIRIDOS POR EL ADJUDICATARIO 

El/la adjudicatario/a de la ayuda deberá:
 
  • Firmar una carta de aceptación de la ayuda, así como de acatamiento de las bases de la convocatoria.
  • Dar debido crédito a la AEET (y al patrocinador específico de la ayuda, si lo hubiera) en toda la documentación relativa al proyecto. Si el proyecto diera lugar a alguna publicación, la AEET (y el patrocinador) deberán constar en los agradecimientos.
  • Presentar un informe de gastos por el total del importe adjudicado, aportando justificantes de los pagos (tickets, recibos o facturas), que deberá enviarse a la Secretaría de la AEET (secretaria@aeet.org) antes del 15 de abril de 2026. Los gastos repercutidos deberán ajustarse a lo especificado en la partida presupuestaria consignada en el formulario de solicitud y deberán haberse efectuado en fecha posterior a la adjudicación de la ayuda. En ningún caso el beneficiario podrá repercutir, o solicitar el reembolso de, gastos extraordinarios no declarados en la solicitud, en los que pueda incurrir durante el desarrollo del proyecto.
  • Presentar una memoria científico/técnica de los resultados obtenidos del proyecto y su discusión, que deberá enviarse a la Secretaría de la AEET (secretaria@aeet.org) antes del 15 de abril de 2026.
- En caso de haber realizado estudios con animales, en la memoria del proyecto se deberá acreditar documentalmente que, i) con relación a la provisión de animales se ha contado con suministradores autorizados y que, ii) con relación a los procedimientos, se han llevado a cabo por usuarios / centros capacitados y han contado con la supervisión del Comité de ética y la autorización de los órganos competentes.
 
- En el caso de proyectos que hayan implicado la recolección o manipulación de recursos genéticos, en la memoria del proyecto se deberá detallar qué medidas se han tomado para seguir las bases establecidas de acuerdo con lo estipulado en el Protocolo de Nagoya.
 
- En el caso de proyectos que hayan implicado el movimiento transfronterizo de muestras (incluidas las de suelo) y/o organismos, en la memoria del proyecto se deberá acreditar documentalmente que se han seguido los trámites administrativos que garantizar la adscripción a los principios establecidos en el Protocolo de Cartagena.
 
- Esta memoria podrá ser publicada en alguno de los medios de difusión propios de la AEET.


 8. OTRAS DISPOSICIONES 
 
  1. Las propuestas que no cumplan con los requisitos especificados en los puntos 3, 4 y 6 en forma, contenido o plazos, serán desestimadas para concursar en la presente convocatoria. No habrá plazo de subsanación de errores de formato o contenido.
  2. La AEET se reserva el derecho de dejar desierta cualquiera de las ayudas emitidas en esta convocatoria si, 1) alguna de las categorías no recibe solicitudes y/o 2) se considera que las solicitudes recibidas no alcanzan el nivel mínimo requerido para superar los criterios de evaluación* generales considerados en la fase 1, siendo estos, 1) calidad científica y 2) viabilidad.
  3. La AEET se reserva el derecho de revocar las ayudas concedidas en esta convocatoria y reclamar el reintegro del importe de la ayuda durante un plazo de 48 meses siguientes a la concesión de la ayuda si se demuestra que el receptor de la ayuda ha incumplido alguno de los requisitos especificados en las bases de la convocatoria.
  4. la AEET no se hace responsable de los daños o perjuicios causados a terceros o al propio adjudicatario de la ayuda, ni de las infracciones legales en las que el beneficiario pueda incurrir, en el curso de la ejecución del proyecto becado.* Los criterios de evaluación de esta convocatoria están disponibles en la Web de la AEET.

Descargar Plantilla reglamentaria de la Memoria 
Descargar Bases de la convocatoria en pdf
Descargar Criterios de evaluación en pdf
Descargar FAQs (preguntas frecuentes)